La vinculación con la sociedad, constituye, en el contexto ecuatoriano, una de las funciones sustantivas del quehacer universitario, contemplada en la Ley Orgánica de Educación Superior, mereciendo especial atención los fines relacionados con el aporte al desarrollo del pensamiento universal, al despliegue de la producción científica y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas; la contribución al conocimiento, y preservación y enriquecimiento de los saberes ancestrales y de la cultura nacional; la formación de académicos y profesionales responsables, con conciencia ética y solidaria, capaces de contribuir al desarrollo de las instituciones del país, a la vigencia del orden democrático y a estimular la participación social.
La UNESUM enmarcada en la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento de Régimen Académico, el Reglamento de Escalafón Docente, el Estatuto y Reglamentos Internos, en base de los indicadores de mejoramiento de la calidad de la educación superior y a los parámetros de acreditación que realiza el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad (CEAACES), promueve la vinculación con la sociedad, articulada con la planificación institucional, en coherencia con los principios de pertinencia académica y pertinencia social, esto es, la relación entre lo que hace la universidad y lo que la sociedad espera de ésta, en correspondencia con la Constitución de la República, el Plan Nacional del Buen Vivir y los planes de desarrollo locales y regionales.